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BASES PARA LA SELECCIÓN DEL PERSONAL CON ADSCRIPCION AL CENTRO DE LA MUJER DE PEDRO MUÑOZ 2016

por Serv. Informáticos

Anuncio resultados tercer ejercicio asesor jurídico/a, 5 de diciembre de 2016

Anuncio resultados tercer ejercicio dinamizador/a social, 5 de diciembre de 2016

Anuncio resultados tercer ejercicio promotor/a de empleo, 5 de diciembre de 2016

Anuncio resultados tercer ejercicio psicologo/a, 5 de diciembre de 2016

Anuncio resultados segunda prueba asesor jurídico/a, y fecha realización tercer ejercicio, 28 de noviembre de 2016

Anuncio resultados segunda prueba psicólogo/a, y fecha realización tercer ejercicio, 28 de noviembre de 2016

Anuncio resultados segunda prueba promotor/a de empleo, y fecha realización tercer ejercicio, 28 de noviembre de 2016

Anuncio rectificación de puntuaciones del proceso selectivo celebrado el día 21 de noviembre, para la provisión de una plaza de ASESOR/A JURIDICO/A en régimen laboral temporal, 25 de noviembre de 2016

Anuncio rectificación de puntuaciones del proceso selectivo celebrado el día 21 de noviembre, para la provisión de una plaza de PSICÓLOGO/A en régimen laboral temporal, 25 de noviembre de 2016

Anuncio resultados primera prueba asesor jurídico, plantilla correctora y fecha realización segundo ejercicio, 21 de noviembre de 2016

Anuncio resultados primera prueba dinamizador social, plantilla correctora y fecha realización segundo ejercicio, 21 de noviembre de 2016

Anuncio resultados primera prueba promotor de empleo, plantilla correctora y fecha realización segundo ejercicio, 21 de noviembre de 2016

Anuncio resultados primera prueba psicólogos, plantilla correctora y fecha realización segundo ejercicio, 21 de noviembre de 2016

Anuncio fechas realización de pruebas, 16 de noviembre de 2016

Anuncio lista definitiva de admitidos y excluidos asesor jurídico, 10 de noviembre de 2016

Anuncio lista definitiva de admitidos y excluidos dinamizador social, 10 de noviembre de 2016

Anuncio lista definitiva de admitidos y excluidos promotor de empleo, 10 de noviembre de 2016

Anuncio lista definitiva de admitidos y excluidos psicólogos, 10 de noviembre de 2016

Anuncio admitidos y excluidos asesor jurídico, 7 de julio de 2016

Anuncio admitidos y excluidos dinamizador social, 7 de julio de 2016

Anuncio admitidos y excluidos promotor de empleo, 7 de julio de 2016

Anuncio admitidos y excluidos psicólogos, 7 de julio de 2016

Corrección de errores, decreto 0475/2016 de 17 de junio de 2016pdf icon

BaseRESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 0456/2016

En la resolución del Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha de fecha 28 de Diciembre de 2015 (DOCM núm. 254 de 31/12/2015) de concesión de subvenciones a Entidades Locales para la gestión de Centros de la Mujer en Castilla La Mancha para 2016 figura, entre otros, el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, como beneficiario de estas ayudas.

Resultando que mediante Decreto 5/2016 de fecha 5 de Enero se resolvió, entre otros, adscribir de forma provisional a varios trabajadores del Ayuntamiento con el objeto de garantizar la prestación del servicio de manera continuada hasta que por los Servicios de Secretaría se diera inicio al procedimiento de contratación del personal con titulación adecuada para el desarrollo de todas las áreas de trabajo del Centro de la Mujer.

Considerando necesario convocar, en régimen de personal laboral temporal, las siguientes plazas:

Una plaza de licenciado/a en Derecho o equivalente
Una plaza de licenciado/a en Psicología o equivalente
Una plaza de Diplomado/a en Trabajo Social o Educación Social
Una plaza de Diplomado/a en Relaciones Laborales, en Ciencias Económicas o Empresariales o en Derecho.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada, y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de selección para la contratación del personal arriba referenciado en los términos que figuran en la convocatoria.

SEGUNDO. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Pedro Muñoz.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. José Juan Fernández Zarco en Pedro Muñoz a 14 de junio de 2016 de lo que, como Secretaria Acctal, doy fe.

Ante mi,

La Secretaria Acctal                                       El Alcalde

Fdo: María Dolores Hernández Muñoz                 Fdo: José Juan Fernández Zarco

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PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición libre, del personal que prest
ará servicios en el Centro de la Mujer de Pedro Muñoz, cuya cobertura se considera necesaria conforme a la orden de 22/11/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer en Castilla-La Mancha, vinculado a la obtención de financiación mediante subvención de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, de las siguientes plazas:

UN/A ASESOR/A JURÍDICO/A
UN/A PSICÓLOGO/A
UN/A PROMOTOR/A DE EMPLEO
UN/A DINAMIZADOR/A SOCIAL

Asimismo se procederá a la creación de una bolsa de trabajo a fin de cubrir de manera rápida las posibles vacantes y necesidades esporádicas de contratación.

2. CARACTERÍSTICAS:

ASESOR/A JURÍDICO/A
Requisitos de los aspirantes: Licenciatura en Derecho (o equivalente) o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Número de plazas: Una
Régimen: Personal laboral temporal
Jornada de Trabajo: 35 horas a la semana.

PSICÓLOGO/A
Requisitos de los aspirantes: Licenciatura en Psicología (o equivalente) o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Número de plazas: Una
Régimen: Personal laboral temporal
Jornada de Trabajo 35 horas a la semana.

DINAMIZADOR/A SOCIAL
Requisitos de los/las aspirantes: Diplomatura en Trabajo Social, y/o Educación Social o equivalente; o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
Régimen laboral temporal
Número de plazas: Una
Laboral. Jornada de trabajo 12 horas a la semana

PROMOTOR/A DE EMPLEO
Requisitos de los aspirantes: Diplomatura en Relaciones Laborales, Diplomatura en Ciencias Económicas o Empresariales o equivalente, Diplomatura en Derecho o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Número de plazas: Una
Régimen: Laboral temporal.
Jornada de Trabajo 20 horas a la semana.

Todas las plazas de cubrirán mediante concurso-oposición.

SEGUNDA: MODALIDAD DEL CONTRATO
La modalidad del contrato será de duración determinada con una jornada de 35 horas semanales para el/la asesor/a jurídico/a y el/la psicólogo/a, y de 12 y 20 horas semanales para el/la dinamizador/a social y para el/la promotor/a de empleo, respectivamente, vinculado a la obtención de financiación mediante subvención de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El contrato de trabajo se realizará en alguna de las modalidades contractuales vigente en el momento de su formalización, con la duración y el periodo de prueba que, de acuerdo con la legislación vigente, establezca el Ayuntamiento de Pedro Muñoz.
El horario de trabajo será el que se determine por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz para la organización del Centro, teniendo disponibilidad para la atención de situaciones urgentes, así como realización de actividades.

TERCERA: CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES:
Para ser admitidas/os al proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo todos los requisitos de participación que se señalan a continuación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 4/2011 de 10 de mayo del Empleo Público de Castilla La Mancha, será necesario:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011 de 10 de mayo del Empleo Público de Castilla la Mancha
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el empleo público
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse e inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1. b) Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos de acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida para cada uno de los puestos de trabajo a cubrir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación según la base primera, punto 2 de la citada convocatoria.

CUARTA: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, ubicado en la Plaza de España, 1, o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la ley 30/1992 en el plazo de 10 días hábiles (DEL 16 AL 27 DE JUNIO DE 2016), contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Pedro Muñoz.
La solicitud deberá ir acompañada de:
Fotocopia del DNI o en su caso pasaporte.
Fotocopia de la Titulación exigida, según la convocatoria.
Copia de los méritos alegados.
Vida laboral.

QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de 5 días hábiles, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pedro Muñoz y en su sede electrónica, y se señalará un plazo de 5 días hábiles, desde su publicación para subsanación.
Trascurrido dicho plazo, por la Presidencia se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, resolviendo las reclamaciones presentadas y se indicará la causa de exclusión, si la hubiera, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pedro Muñoz y su sede electrónica. Dicha publicación servirá a los efectos de notificación, impugnaciones y recursos. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal Calificador.

SEXTA: TRIBUNAL CALIFICADOR
Se ajustará su composic
ión a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderá asimismo a la paridad entre mujer y hombre, de conformidad con el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril.
Los órganos de selección deben estar constituidos por un número impar de miembros titulares y suplentes, no inferior a cinco, todos ellos personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquier Administración Pública, su composición será:
Presidente/a: Un funcionario de carrera designado por el Instituto de la Mujer
Secretario/a: El de la Entidad o funcionario en quien delegue.
Tres Vocales designados por la Alcadia-Presidencia.
El Tribunal estará integrado además por los suplentes respectivos que han de ser designados conjuntamente con los titulares.
De conformidad con el artículo 49 de la Ley 4/2011 de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla La Mancha, los órganos de selección son los órganos colegiados encargados del desarrollo y de la calificación de las pruebas selectivas.
Quienes actúen como vocales deberán poseer nivel de titulación igual o superior a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
El personal de elección o designación política
El personal funcionario interino o laboral temporal
El personal eventual
Las personas que en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria correspondiente, hayan preparado a personas aspirantes para el acceso al cuerpo, escala, especialidad o categoría profesional objeto de la convocatoria.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Los órganos de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
El tribunal de selección podrá proponer de acuerdo con lo que establezcan las respectivas convocatorias la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo que debido a la especialización técnica del trabajo a realizar o la ausencia de la misma entre los miembros del Tribunal, resulte imprescindible su labor.
La incorporación a los trabajos del Tribunal podrá ser para todas o para algunas de las pruebas, pero su función se circunscribirá al asesoramiento.
Abstención y recusación: Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Corporación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la ley 4/1999 de 13 de enero.
Actuación: El Tribunal no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, ni sin la presencia, en todo caso, del Presidente y Secretario y sus decisiones se adoptaran por mayoría de miembros presentes, debiendo ajustarse estrictamente su actuación a las bases de la presente convocatoria, con facultad para resolver razonadamente las dudas que ofrezca su aplicación.

SÉPTIMA: PRUEBAS SELECTIVAS

El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición y constará de dos fases que tendrán carácter eliminatorio, de tal manera que quien no supera la fase de oposición, no le serán valorados los méritos presentados. La puntuación máxima será de 100 puntos: Fase de oposición 75 puntos y fase de concurso 25 puntos.

A) FASE DE OPOSICIÓN
PRIMER EJERCICIO: TEORICO
Consistirá en la contestación a un cuestionario de 40 preguntas, de tipo de respuesta corta o tipo test, con 4 respuestas alternativas, de las cuales solamente una de ellas será la correcta, durante el tiempo máximo de 90 minutos, referidas al temario que aparece en el Anexo I.
Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, respetándose el anonimato de las personas que lo realicen. Las respuestas correctas se penalizarán con -0,25 puntos por cada respuesta incorrecta, no puntuándose las preguntas no contestadas y siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 10 puntos.
SEGUNDO EJERCICIO: PRACTICO
Consistirá en la realización de un supuesto o supuestos prácticos que plantee el Tribunal, referidos al desempeño del puesto de trabajo y relacionados con el temario (anexo I), a realizar en el tiempo máximo de 90 minutos. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio, y se calificará con una puntuación máxima de 25 puntos, siendo eliminadas las personas que no alcancen un mínimo de 12,5 puntos.
TERCER EJERCICIO: ENTREVISTA
La entrevista versará sobre las funciones del puesto al que se opta, tendrá carácter eliminatorio y se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos, siendo eliminadas las personas que no alcancen un mínimo de 15 puntos

B) FASE DE CONCURSO
La fase de concurso supondrá un máximo de 25 puntos distribuidos de la siguiente forma:
a) Por titulación universitaria distinta a la requerida en las bases de la convocatoria y relacionada con el puesto de trabajo:
1. Por títulos propios otorgados por universidades públicas: 2 puntos
2. Por titulación de doctorado o master en “Terapia de Conducta” para el puesto de psicólogo/a y master en “Abogacía” para el puesto de Jurídico/a: 4 puntos.
Puntuación máxima de este apartado 6 puntos.
b) Por formación profesional: cursos de formación y perfeccionamiento realizados en centros oficiales y en materias relacionadas con el puesto de trabajo convocado:
1. Cursos de entre 20-50 horas: 0,30 puntos.
2. Cursos de entre 51-200 horas: 0,75 puntos.
3. Cursos iguales o superiores a 201 horas: 1,00 puntos
Puntuación máxima de este apartado 4 puntos.
c) Por experiencia profesional, hasta un máximo de 15 puntos, con la siguiente puntuación:
1. Por experiencia profesional acreditada en la Administración Pública, Centros de la Mujer o de similar naturaleza y finalidades, para los puestos convocados: 0,15 puntos por cada mes trabajado.
2. Por experiencia profesional acreditada en la Administración Pública con la misma categoría profesional para los puestos convocados : 0,10 puntos por cada mes trabajado.
3. Por experiencia profesional acreditada en empresas, entidades o asociaciones, en puestos de similar naturaleza y finalidades a los puestos convocados: 0,05 puntos por mes trabajado.
La acreditación de los méritos antedichos se realizará mediante originales o fotocopias compulsadas, de los títulos académicos, certificados de la entidad contratante o diplomas o certificados expedidos por los centros oficiales impartidores de los cursos de formación.

OCTAVA: DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.

La convocatoria de cada prueba se publicar&aacute
; en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Pedro Muñoz. Se hará en llamamiento único, siendo excluidos/as de las mismas quienes no comparezcan.
Comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios y en la Web del Ayuntamiento.

NOVENA: PUNTUACION FINAL Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

La calificación definitiva del sistema selectivo estará determinado por el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de oposición (aquellos aspirantes que hayan superado esta fase) más la de concurso.
En caso de empate tendrá prioridad el aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición; de persistir el empate tendrá prioridad el aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el apartado c) del concurso y en caso de persistir el empate tendrá prioridad el aspirante de mayor edad.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la lista definitiva de puntuaciones en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Pedro Muñoz y en su sede electrónica. Además éste elevará al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento propuesta de contratación a favor de los aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de diez días naturales desde que se publique en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercer de la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

DÉCIMA: FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO

Todas las personas que superen este proceso de selección y no resulten contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc. o necesidades temporales ordenadas según la puntuación obtenida.

El/la integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causa alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
Parto, baja por maternidad o situaciones administrativas
Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia hasta tanto no se sustituya por otra.

UNDÉCIMA: NORMAS FINALES

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el alcalde-Presidente, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Tablón de Anuncios de el Ayuntamiento de Pedro Muñoz y su sede electrónica.
Asimismo la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Loca.

En Pedro Muñoz a 14 de junio de 2016
El Alcalde-Presidente,

Fdo: José Juan Fernández Zarco.

ANEXO I

PARTE COMUN

Tema 1.- La Constitución Española: Principios Generales. Derechos y Deberes fundamentales.

Tema 2.- Ley 22/2002, de creación del Instituto de la Mujer en Castilla La Mancha. Y normativa relacionada que regule y desarrolle el funcionamiento del Instituto de la mujer. De Castilla La Mancha.

Tema 3.- ley orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Tema 4.- Las Políticas de Igualdad en Castilla La Mancha. Ley 12/2010 de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla la mancha. Plan estratégico para la igualdad de oportunidades en Castilla la mancha 2011-2016.

Tema 5.- La ley orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género. Y normas de desarrollo. RD 253/2006 de funcionamiento y composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer. RD 1452/2005 reguladora la ayuda económica establecida en el art. 27 de LO 1/2004.

Tema 6.- La Ley 5/2001 de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas, Protocolo de Actuación para la persecución de las infracciones penales de malos tratos en el ámbito familiar. Decreto 38/2002, de 12 de marzo de 2002, de las Consejerías de Bienestar Social e Industria y Trabajo, para la aplicación de la Ley 5/2001 de 17 de mayo de Prevención de Malos Tratos y Protección a Mujeres Maltratadas.

Tema 7.- Recursos y Programas en materia de igualdad. Los centros de la Mujer, organización y competencias. Recursos, Programas y prestaciones en materia de violencia de género.

Tema 8.- Marco normativo de Naciones Unidas y Comunidad Europea, referido a la igualdad entre mujeres y hombres: Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (2011).Convenio de Estambul. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres (CEDAW).Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra la Mujer (1993).

TEMA 9: El principio de igualdad a través de las conferencias internacionales de las mujeres. La declaración de Beijing de 1995.

TEMA 10.- Trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Prostitución. Definiciones. Dimensio
nes y características. Prostitución y trata y vinculación con violencia de género. Los clientes/prostituidores. Los proxenetas. Impacto y consecuencias psicosociales de la trata y la prostitución en las mujeres. Plan integral de lucha contra la trata de niñas y mujeres.

TEMA 11.- El tratamiento de los datos personales. LO.15/1999 de 13 de Diciembre, de protección de datos de Carácter Personal. Reglamento de Desarrollo.

TEMA 12.- El sistema patriarcal. Roles y estereotipos de género. Discriminación por razón de sexo y desigualdad de género en la sociedad. Los micromachismos.

Tema 13.- Análisis sociológico de las desigualdades de género. El impacto de género en las políticas regionales y municipales. Situación de las mujeres en Castilla la Mancha, variables socio- económicas, de salud, formativa, laboral, de representación política y puestos de decisión y, sobre violencia de género.

Tema 14.- Mainstreaning o transversalidad de Género. Marco conceptual y metodología. El movimiento social feminista de reivindicación de derechos. Historia y evolución.

Tema 15.- Las nuevas tecnologías de la información y comunicación: competencias digitales en el uso y gestión eficiente de los recursos y herramientas digitales.

PARTE ESPECÍFICA

AREA PSICOLOGICA

BLOQUE TEMÁTICO 1. Género y Salud Mental. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención psicológica. Efectos de las desigualdades por razón de género sobre la salud psicológica de las mujeres. Imagen corporal y autoestima. El proceso de empoderamiento de las mujeres. Impacto sobre las nuevas tecnologías. El ciclo vital de las mujeres: consideraciones psicológicas. Importancia de la teoría feminista en la atención psicológica en el centro de la mujer”. Teorías clásicas y actuales sobre el género (sistema sexo – género, teoría querer…)

BLOQUE TEMÁTICO 2. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia de género. Teorías y modelos explicativos de la violencia de género. Repercusiones en la salud mental de las mujeres víctimas de la violencia de género. Trastornos de ansiedad y del estado de ánimo. Trastorno de estrés postraumático. Alteraciones psicosomáticas. Otras alteraciones psicológicas. Violencia de género en mujeres jóvenes y en adolescentes, aspectos diferenciales.

BLOQUE TEMÁTICO 3.- Prevención de la violencia de género. Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Actuaciones preventivas en el ámbito educativo y sanitario. Medidas de sensibilización para la población general. Violencia de género y Tics.

BLOQUE TEMÁTICO 4.
Evaluación psicológica de mujeres víctimas de violencia de género. Evaluación del proceso individual de construcción de la identidad de género, dependencia emocional e historia del maltrato. Evaluación de las secuelas de la violencia de género y diagnóstico diferencial con otras psicopatologías.

BLOQUE TEMÁTICO 5.- Intervención psicológica con mujeres víctimas de violencia de género. Intervención en crisis. Intervención individual y grupal Modelos de intervención. Reconocimiento del maltrato y motivación para el cambio. Planificación de la intervención psicológica en el tratamiento de las secuelas de la violencia de género y en los distintos espacios de empoderamiento. Entrenamiento en habilidades sociales, comunicativas y de asertividad. Técnicas de regulación emocional. Intervención con mujeres víctimas de violencia de género afectadas por una doble discriminación: discapacidad, migración, medio rural etc.

BLOQUE TEMÁTICO 6.- Menores víctimas de violencia de género. Desarrollo evolutivo, características definitorias. Teorías del apego. Vínculo afectivo y desarrollo infantil. Socialización de la violencia. Factores de riesgo. Impacto de la violencia de género en niños y niñas: sintomatología. Principios de la intervención con los/as hijos/as de las mujeres víctimas de violencia de género. Acompañamiento emocional. Programas de Atención a la Familia de la Consejería de Bienestar Social de la JCCM. Mujeres adolescentes Víctimas de Violencia de Genero.

BLOQUE TEMÁTICO 7.- Modelo de organización y de intervención de los centros de la mujer. Objetivos, áreas de intervención profesional, equipos multiprofesionales y trabajo interdisciplinar. El Área Psicológica de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones. Estrategias de intervención comunitaria, planificación y evaluación de proyectos del Área Psicológica en un Centro de la Mujer.

AREA JURIDICA

BLOQUE TEMÁTICO 1 El matrimonio, régimen jurídico, derecho material y procesal. Régimen Económico matrimonial: Clases y efectos. Procesos de ruptura matrimonial, régimen jurídico, causas, efectos y procedimientos.
Paternidad, Filiación. Patria potestad. Guardia y custodia, especial referencia a la guardia y custodia
compartida. El convenio regulador. Pensión alimenticia y compensatoria. Procedimientos de Reclamación. Alimentos entre parientes. Relaciones paterno filiales. Las uniones de hecho: Inscripción y ruptura. Regulación. Tutela, curatela e incapacitación.

BLOQUE TEMÁTICO 2.- Clases y régimen jurídico de los contratos laborales. .- El Despido Laboral: Clases, defensa y Regulación Jurídica. Protección a la Maternidad y la conciliación de la vida laboral La discriminación laboral, por razón de género en el acceso al empleo, en las relaciones laborales y cuestión salarial. El acoso laboral por razón de sexo y el acoso sexual. Los derechos laborales de la mujer víctima de Violencia de Género.

BLOQUE TEMÁTICO 3.- Prestaciones contributivas y no contributivas por desempleo. El Despido Laboral. Régimen General de la Seguridad Social. Prestaciones Económicas por incapacidad temporal, maternidad, por muerte y supervivencia y riesgos durante el embarazo. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social Obligaciones Fiscales y Tributarias de Trabajadores Autónomos .Prestaciones Económicas por Viudedad, Jubilación y Desempleo. Las empleadas de hogar: Regulación, derechos y obligaciones. Cotitularidad.

BLOQUE TEMÁTICO 4.- Violencia doméstica y de género. Agravante de Violencia de Género. La Orden de Protección y la condición de víctima. Procedimientos Penales y la participación en los mismos. Aspectos y regulación jurídica en el ámbito estatal y regional. Procedimientos civiles y medidas civiles y penales. La Denuncia por violencia de género. Parte de lesiones. La regulación de la Orden de Protección para las víctimas de violencia de género. (Ley 27/2003, de 31 de julio, art. 544 ter LECR). La Orden de Protección Europea (Directiva 2011/99 UE, de 13 de diciembre de 1999).

BLOQUE TEMÁTICO 5.- Los Juzgados de Violencia sobre las Mujeres: naturaleza, ámbito, competencias penales y civiles. Equipos
técnicos o psicosociales. Oficinas de atención a las víctimas de delitos. Ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: intervención en materia de violencia de género. La asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencia de género.

BLOQUE TEMÁTICO 6.- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de abril, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000.

BLOQUE TEMÁTICO 7.- Género y ámbito jurídico. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención desde el área jurídica. Planificación, estrategias de intervención y evaluación de itinerarios de las víctimas de violencia de género. Valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno (Ley 30/2003, de 13 de octubre).

BLOQUE TEMATICO 8.- Modelo de organización y de intervención de los centros de la mujer. Objetivos, áreas de intervención profesional y equipos multiprofesionales y Trabajo interdisciplinar. El Área jurídica de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones. Estrategias de intervención comunitaria, planificación y evaluación de proyectos del Área jurídica en un Centro de la Mujer.

AREA LABORAL

BLOQUE TEMÁTICO 1. Género y mercado de trabajo. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención desde el área laboral. El mercado de trabajo y tendencias de las ocupaciones, nuevos yacimientos de empleo. Análisis de la trayectoria del mercado de trabajo con perspectiva de género. Barreras de las mujeres en el mercado de trabajo. Oportunidades de negocio y detección de necesidades.

BLOQUE TEMÁTICO 2.- Tipos de contratos laborales. Protección a la Maternidad y la conciliación de la vida laboral La discriminación laboral, por razón de género en el acceso al empleo, en las relaciones laborales y salariales. El acoso laboral por razón de sexo y el acoso sexual. Legislación de la unión europea y española en materia de discriminación laboral. Medidas positivas y derechos laborales de la mujer víctima de Violencia de Género. El Despido Laboral: Clases, Regulación Jurídica.

BLOQUE TEMÁTICO 3.- Empresas: Administración de empresas: conceptos de empresas. Organización de empresas. El plan de empresa. Finalidad y elaboración. Procesos de decisión y planificación. Creación de empresas: trámites comunes para la creación de empresas. Formas societarias más comunes en micro empresas. Ayudas económicas a empresas: inversión, contratación ayudas financieras.

BLOQUE TEMÁTICO 4.- Gestión de recursos humanos y análisis de las políticas de recursos humanos de una empresa con perspectiva de género. Los planes de igualdad en la empresa. Marco normativo. Elaboración y evaluación, Ley Orgánica 3/2007 y modificaciones en el Derecho Laboral.

BLOQUE TEMÁTICO 5.- Autoempleo y pymes. Líneas de ayudas para la creación empleo. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social Obligaciones Fiscales y Tributarias de Trabajadores Autónomos. Prestaciones contributivas y no contributivas por desempleo.

BLOQUE TEMÁTICO 6.- La Orientación sociolaboral con perspectiva de género: principios generales, la entrevista laboral. Itinerarios personales de inserción: diseño, seguimiento y evaluación, perfiles profesionales, competencias. Herramientas para una búsqueda activa de empleo. La orientación laboral a mujeres víctimas de violencia de género.

BLOQUE 7.- Modelo de organización y de intervención de los centros de la mujer. Objetivos. Áreas de intervención profesional, equipos multiprofesionales y trabajo interdisciplinar. El Área laboral de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones. Estrategias de intervención comunitaria, planificación y evaluación de proyectos del Área laboral en un Centro de la Mujer.

AREA SOCIAL

BLOQUE TEMÁTICO 1.- Género y área social. Aplicación de la perspectiva de género en el proceso de evaluación e intervención. La sensibilización y formación en igualdad de los distintos grupos sociales: red empresarial, representantes políticos, representantes sindicales, población inmigrante, mujeres con doble exclusión, juventud, familia, personas mayores, personas con discapacidad….

BLOQUE TEMÁTICO 2.- Aplicación de la promoción de la igualdad. Caracterización del entorno de intervención desde la perspectiva de género. Diseño de estrategias para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Organización de acciones, control y seguimiento para informar y sensibilizar sobre igualdad.

BLOQUE TEMÁTICO 3.- Caracterización de la participación social de las personas. Diseño de estrategias para promover la participación social y empoderamiento de las mujeres, fomento de asociacionismo de mujeres y otras asociaciones por la igualdad. Creación de redes con las instituciones y agentes sociales que favorezcan la incorporación plena de la mujer en el entorno social. Derecho de Asociación. Procesos para la creación de asociaciones. Realización de actuaciones de apoyo y soporte técnico al tejido asociativo. Información y orientación en recursos.

BLOQUE TEMÁTICO 4.- Diseño de proyectos comunitarios. Desarrollo de estrategias de intervención en procesos grupales, en procesos de acompañamiento y asesoramiento a mujeres. Promoción de la participación ciudadana en la construcción de procesos comunitarios. Estrategias y
aplicación de recursos para promover la comunicación entre agentes comunitarios. Creación de redes con las instituciones y agentes sociales, que favorezcan la incorporación plena de la mujer en el entorno social. Los Consejos Locales de Igualdad. Técnicas de comunicación social. Desarrollo de procesos de mediación comunitaria. Resolución de conflictos

BLOQUE TEMÁTICO 5.- Legislación actual en materia de Servicios Sociales y Protección Social. Red de recursos, programas y servicios en Castilla-La Mancha, en especial los recursos sociales. Coordinación intersectorial. Red de recursos y servicios públicos en Castilla-La Mancha. Servicios. Programas de Atención a la Familia de la Consejería de Bienestar Social de la JCCM. Centros de Mediación e Intervención Familiar. Puntos de Encuentro Familiar.

BLOQUE TEMÁTICO 6.- Programas de sensibilización y atención, a víctimas de violencia de género, programas de prevención y atención de menores víctimas de violencia de género. Los recursos de acogida para mujeres y sus hijos víctimas de violencia de género, características, modelo y estrategias de intervención. Otros recursos sociales para las VVG, Dispositivos de protección. Recursos económicos. Empleo. Vivienda.

BLOQUE TEMÁTICO 7.- Modelo de organización y de intervención de los centros de la mujer. Objetivo
s. Áreas de intervención profesional, equipos multiprofesionales y trabajo interdisciplinar. El Área social de los Centros de la Mujer, objetivos y funciones. Estrategias de intervención comunitaria, planificación y evaluación de proyectos del Área social en un Centro de la Mujer.

SOLICITUD DE ADMISIÓN PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DEL CENTRO DE LA MUJER DE PEDRO MUÑOZpdf icon

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